Los artículos 40 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establecen la forma de organización política de México, así mientras el primero de los enunciados establece que nos constituimos en una República representativa, democrática, laica y federal compuesta por estados, el artículo 115 señala que los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y organización política y administrativa, al municipio libre.
Lo anterior, en otras palabras, significa que se establecen tres competencias definidas: la del Estado Federal, la del Estado miembro de la Unión y la del Municipio, que es base geográfica, política y administrativa de nuestro régimen constitucional.
Cuando uno revisa el artículo 115 de la Constitución Federal, particularmente la Base III, se define en ésta la misión del municipio: sus funciones y servicios públicos. Pero los municipios son más que prestadores de servicios, como ya se señaló, es la base de la organización política y con ello, la forma primera de la sociedad civil; es el espacio primario de la convivencia local y en donde se pactan y fijan los valores de ésta.
Es por ello, que en este momento un grupo de gobernadores que se reúnen para demandar un nuevo pacto fiscal, que sea genuinamente federal y no centralista, no deben caer, como dijera Doña Juana de Asbaje, en “ser la ocasión de lo mismo que juzgáis”, y a la par que se demanda un auténtico federalismo fiscal, no pueden olvidarse ni desasociarse del concepto del municipio libre y autónomo que necesariamente pasa por la hacienda municipal, al respecto habrá que señalar que de cada peso fiscal .83 centavos se los queda la federación, .17 se van a los estados, de los cuales .4 corresponden a los municipios.
Este asunto es relevante, porque los municipios, finalmente por el sistema competencial que establece nuestra Carta Magna, en diversas disposiciones como los artículos 3 fracción VIII, 4 párrafo tercero, 27 párrafo tercero, 73, 117, 118 y 124, establecen facultades concurrentes en materias como educación, salubridad, asentamientos humanos, seguridad pública, ambiental, protección civil, deporte; mismas que le son adicionales a las que ya conocemos como agua y drenaje, alumbrado público, limpia y disposición final de residuos, calles, parques y jardines, etcétera.
En los hechos, además, existe una realidad que se impone a los gobiernos municipales: ciudadanos vecinos de estos que crecen sus expectativas y demandas, no esperando solamente un gobierno que de manera eficiente pueda reparar una luminaria o tapar un bache; hoy se exige que asuman responsabilidades en materia de salud, ante la tragedia que ha significado la pandemia que sufrimos y la necesidad de servicios hospitalarios, y desde lo local, que se encuentren soluciones a la crisis económica que se está generando por el cierre de empresas y negocios, la pérdida de empleo y la ausencia de ingreso.
Esta nueva realidad político-organizacional de los municipios, particularmente los que pueden definirse como urbanos, impuesta por una ciudadanía que exige bienes y servicios públicos adicionales a los tradicionales del artículo 115, no puede ignorarse ya que una cantidad muy importante de municipios, ante la exigencia de servicios de salud, aun antes de la pandemia del Covid-19, están construyendo y operando hospitales y clínicas de salud, o bien, a partir del ordenamiento urbano y el uso del suelo, que requiere diversa infraestructura, están promoviendo la actividad económica, lo que ha generado la necesidad de contar con más recursos financieros.
Para concluir, no es suficiente un hermoso texto constitucional que de manera idealista nos defina al municipio como la base de la organización política del país y que goza de autonomía para manejar su hacienda y administrar su patrimonio. La nueva realidad exige que sea garantizada en la ley y en los hechos, así como dotarlo de los elementos para que pueda contar con una hacienda lo suficientemente robusta, que le permita asumir con plenitud sus obligaciones y responder de manera eficiente y oportuna a las exigencias de sus vecinos.
@PacoGarate