La Comisión Legislativa de Vigilancia del Órgano Superior de Fiscalización, presidida por la diputada priista, Evelyn Osornio Jiménez, aprobó por unanimidad de votos, la viabilidad e improcedencia de Auditorías Especiales a ocho municipios del Estado de México derivadas de solicitudes; marcando un precedente en la participación ciudadana y fortaleciendo la confianza pública.
Con ello, el Grupo Parlamentario del PRI, encabezado por Elías Rescala, continúa trabajando por la transparencia y la vigilancia del buen manejo de los recursos públicos en los gobiernos estatal y municipales.
Al presentar el informe sobre las solicitudes de Autorías Especiales a diversas entidades fiscalizables, ingresadas por los ciudadanos de octubre de 2021 a junio de 2022, remitidas por el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México (OSFEM); Osornio Jiménez explicó que esta acción es parte de la continuidad de los trabajos de rendición de cuentas.
La legisladora priista informó que las y los diputados de esta comisión acordaron viables las auditorías en Acambay en cumplimiento Financiero e Inversión Fiscal al ejercicio fiscal 2021; en Ocoyoacac, la de obra al ejercicio fiscal 2020; la de Tonatico de cumplimiento Financiero e Inversión Fiscal al ejercicio fiscal 2021 y, en Ixtlahuaca la de obra al ejercicio fiscal 2021, por haber cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México.
Agregó que, entre las no viables se encuentran las referentes a los municipios de Santa Cruz Atizapán, Ecatepec de Morelos, Naucalpan de Juárez y Toluca debido a que ya están contempladas dentro del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización y Revisión de las Cuentas Públicas del Ejercicio Fiscal 2021.
El fundamento de estas auditorías especiales, dijo, está establecido en la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México como parte de las facultades que tiene la Comisión, además de que señala los requisitos que debe cumplir quien solicite una auditoría especial.
Evelyn Osornio explicó que el ciudadano debe integrar en una solicitud de auditoría los hechos, actos u omisiones que la motiven; señalamiento de la autoridad a quien se atribuyan los hechos; pruebas que justifican la acción, entre los que pueden incluirse fotografías o informes de transparencia; domicilio para recibir notificaciones, así como nombre y firma de la persona solicitante.
Finalmente, dijo que el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México puntualiza cuáles son los medios de prueba que tienen los ciudadanos, es decir, la confesional, los documentos, la testimonial, la inspección, la pericial, la presuncional, la instrumental, fotografías y demás elementos aprobados por la ciencia.