El ministro Alberto Pérez Dayán concedió una suspensión provisional para que las reformas a las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas, que integran el llamado Plan B de la Reforma Electoral,no se apliquen en los actuales procesos electorales que se desarrollan en el Estado de México y Coahuila.
Esto, una vez que el integrante de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite las acciones de inconstitucionalidad promovidas por los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI), Movimiento Ciudadano (MC), y desechó a del partido local de Jalisco “Hagamos”.
También se admitieron los recursos presentados por senadores y diputados de oposición en contra del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las dos leyes impugnadas.
Son las acciones de inconstitucionalidad 29/2023, 30/2023, 31/2023, 37/2023, 38/2023, 43/2023 Y 47/2023, que la oposición comenzó a presentar en enero de este año, ante las iniciativas enviadas por el Poder Ejecutivo en el llamado Plan B.