Con siete votos en contra, por considerarlo extemporáneo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación le dan revés a la controversia constitucional 206/2025, promovida por el municipio de Ahome en contra del Poder Legislativo, en el cual se solicitaba la reinstalación como alcalde a Gerardo Vargas Landeros.
Durante la sesión pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que se desarrolló este martes, justo a las 11:52 horas, tiempo del pacífico, se abordó el tema sin que se diera mayor potencia del magistrado Arístides Guerrero García,
En el recurso de constitucionalidad se argumentó el rechazo al Acuerdo 80 emitido por el Congreso del Estado de Sinaloa, mediante el cual se determinó el desafuero de Vargas Landeros, separación inmediata del cargo y la declaración de vacancia.
De acuerdo con la exposición, el Congreso del Estado de Sinaloa determinó que era procedente iniciar un proceso penal contra el alcalde y, como consecuencia, ordenó su separación inmediata del cargo, declaró “la insubsistencia del fuero constitucional y la vacancia de la Presidencia Municipal”.
Ante ello, el Municipio de Ahome promovió una controversia constitucional al considerar que el procedimiento se realizó sin la participación del Ayuntamiento, afectando su integración y vulnerando la autonomía municipal protegida por el artículo 115 de la Constitución.
Durante la misma sesión pública, se enfatizó por los magistrados que quedan sin efecto el medio de impugnación promovida por el alcalde desamorado y regidores de Morena, a la decisión del Congreso de Sinaloa de separarlo del cargo el 1 de mayo de 2025.
“En estos términos, se tiene por resultado la controversia 206/2025 si me lo permiten el siguiente asunto está relacionado con este asunto, es un asunto de reclamación y por el sentido de este asunto, creo que el siguiente va a quedar sin materia, podríamos desahogarlo de una vez, adelante secretario, sí señor ministro presidente, someto a su consideración el recurso de reclamación 146/2025 en la controversia constitucional 206/2025, interpuesto por el Poder Legislativo del Estado de Sinaloa, bajío la ponencia de la ministro Ríos González bajo los resolutivo que propone único se declara sin materia este recurso de apelación”.
Sin más, la controversia finalmente, luego de dos ocasiones agendadas en igual número de ocasiones en sesiones públicas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, una antes el pasado 3 de marzo, otra el 23 del mismo mes y hasta este martes 23 de marzo se desecho el tema.













