La Suprema Corte de Justicia (SCJN), a propuesta de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, avaló el amparo de la esposa de un militar desaparecido, a quien se le había negado la pensión por viudez.
Este derecho, según la determinación legal del máximo tribunal del país, solo es aplicable a las parejas de militares desaparecidos, una vez declarada la presunción de muerte.
En el caso de esta mujer, ella tuvo que esperar la conclusión del plazo legal para hacer el trámite de declaración de presunción de muerte, el cual superó los tres años que establece el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas (ISSFAM), en cuanto al “haber de retiro”.
No obstante, la alternativa fue promover un amparo, el cual fue propuesto por Esquivel Mossa, recurso que finalmente fue concedido por la Segunda Sala de la Suprema Corte.
La resolución, garantiza la pensión correspondiente que constituye un derecho vitalicio por el número de años laborados por el uniformado desaparecido, de acuerdo con la ministra.
“Con una visión protectora de los derechos humanos, se concluyó que no es razón válida negar el pago de la pensión bajo la premisa de que prescribió su cobro. Entre los argumentos que se alegaban para negar el pago, se tomó a consideración que el militar no se presentó por encontrarse desaparecido, lo que ocasionó el retraso en esa gestión por parte de su esposa, quien primero debió obtener la declaratoria judicial de muerte”, explicó la Ministra.
Yasmín Esquivel se ha destacado por abogar en defensa y promoción de los derechos humanos, con énfasis en la lucha pro grupos vulnerable, como mujeres, niñas, niños, adolescentes, personas con capacidades diferentes, adultos mayores, entre otros.