La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) emitió una segunda cautelar en contra de Enrique Alfaro Ramírez, Gobernador de Jalisco, en la que se le mandata retirar de sus redes sociales propaganda gubernamental que resalta logros de gobierno.
Misma que está prohibida por mandato constitucional durante el periodo de difusión de la Consulta Popular que va del 15 de julio al 1º de agosto.
La queja en contra del gobernador y otros funcionarios fue presentada por el partido Morena que denunció, de manera particular, las publicaciones realizadas el 28 y 29 de julio en las redes sociales del referido gobernador, solicitando se ordenara al Ejecutivo Estatal la suspensión de las publicaciones.
Del análisis del material señalado, la Comisión estimó de forma preliminar que las mismas son violatorias de la disposición constitucional, pues su contenido está relacionado con logros de gobierno como entregas de apoyos de programas sociales diversos y de obra pública de infraestructura vial en el municipio de Cocula, entre otros.
En consecuencia, la Comisión estimó procedente emitir la medida cautelar solicitada y ordenó al gobernador de Jalisco a que, en un plazo no mayor a tres horas, realice todas las acciones, trámites y gestiones necesarias para eliminar las publicaciones denunciadas, vinculando al titular de la Secretaría General de Gobierno de esa entidad, quien tiene entre sus atribuciones la de emitir las comunicaciones oficiales del Ejecutivo del estado.
La decisión de la Comisión es congruente con las medidas cautelares emitidas al mismo servidor público el día de ayer, así como las emitidas a la Presidencia de la República y al gobierno de Tamaulipas, respectivamente, por haber emitido propaganda gubernamental durante el periodo de difusión de la Consulta Popular.
Respecto de la posible responsabilidad que pudieran tener el resto de los servidores públicos denunciados, corresponderá determinarlo a la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) al resolver el fondo del asunto.