La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), aprobó aplicar medidas cautelares al presidente Andrés Manuel López Obrador por la difusión de propaganda gubernamental en las conferencias de prensa matutinas del 7,14,15 y 17 de marzo.
Al resolver la petición del PAN , el órgano colegiado dictó también la procedencia de la tutela preventiva, para el efecto de ordenar al Presidente de la República que se abstenga, bajo cualquier modalidad o formato de comunicación oficial de realizar o emitir manifestaciones, comentarios, opiniones o señalamientos relacionados a logros y actividades de gobierno, que puedan considerarse propaganda gubernamental.
En ese sentido , consideró que el criterio de interpretación legislativa que se publicó el pasado 17 de marzo no es aplicable al proceso de Revocación de Mandato en curso y que inició el 4 de febrero de 2022 con la publicación de la convocatoria respectiva.
Lo anterior, además, en concordancia con lo dictado por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), del pasado 18 de marzo, que estableció que dicho decreto de interpretación no aplica a los procesos electorales que ya comenzaron, por lo que aun si es vigente dicho decreto el mismo no resulta aplicable en los procesos en curso.
En otro asunto, la Comisión de Quejas, declaró la procedencia de medidas cautelares en contra del diputado del PAN, Gabriel Ricardo Quadri de La Torre por la difusión de cuatro publicaciones en su red social Twitter con contenido que, posiblemente, tenga como objeto o efecto restringir o afectar los derechos de personas identificadas o identificables en la medida en que se alude a una legisladora federal .
Se consideró que los mensajes tienen, en apariencia del buen derecho, contenido que la Sala determinó como una categoría sospechosa, ya que descalifica, invisibiliza y desvaloriza a las mujeres trans y pretende generar una imagen nociva en el colectivo social, mensaje que no sólo afecta a la denunciante, sino a todo el colectivo de mujeres.
Así, se ordenó a Gabriel Quadri que durante el tiempo que dure el presente procedimiento especial sancionador, se abstenga de publicar o emitir pronunciamientos idénticos o similares.