Por Rita Magaña Torres
El Senado declaró la validez de la reforma constitucional en materia de feminicidio, con lo cual se otorga al Congreso la facultad para expedir una legislación general en materia de feminicidio, a fin de homologar criterios, tipificaciones y sanciones en todo el país.
Luego de que se confirmó la aprobación de la reforma en 27 congresos estatales, con lo que se alcanza la mayoría requerida, se dio cuenta que la modificación corresponde al artículo 73, fracción XXI, inciso A de la Constitución Política.
La reforma busca cerrar la brecha normativa entre los estados, pues el delito de feminicidio ha sido regulado de manera desigual en los códigos penales locales, con diferencias en definiciones, agravantes y penas, eso generó problemas en la investigación, judicialización y sanción de estos crímenes.
Con esta reforma, el Congreso federal podrá establecer un marco jurídico único que obligue a las entidades a armonizar sus legislaciones, lo que abre la puerta a contar con criterios homogéneos para acreditar el delito; protocolos de investigación más claros; mayor coordinación entre fiscalías, asi como la reducción de la impunidad derivada de vacíos legales
La Mesa Directiva informó que se recibieron los votos aprobatorios de legislaturas de entidades como Aguascalientes, Baja California, Chiapas, Guanajuato, Estado de México, Oaxaca, Veracruz, Yucatán y la Ciudad de México, entre otras, sumando un total de 27 congresos locales.
Tras el escrutinio, se confirmó que se cumplía con la mayoría de las legislaturas estatales exigida por la Constitución para validar una reforma constitucional.
Por ello, las y los senadores realizaron la declaratoria formal de validez, con lo que el decreto fue remitido al Diario Oficial de la Federación para su publicación y entrada en vigor.















