Pese a que el próximo 21 de febrero, el encargado de la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento, David Adonai Cano Córdova, deberá presentarse a audiencia inicial por la presunta comisión de faltas administrativas no graves en la compra de cartuchos de 2020 para el IMSS Tamaulipas, actualmente encabeza un nuevo proceso donde el rendimiento de los insumos fue reducido casi al 50%.
Adonai Cano se encuentra próximo a responder las 177 preguntas que le fueron enviadas como parte de la licitación LA-050GYR018-E19-2022, con la que el equipo al mando de Velia Patricia Silva Delfín nuevamente busca obtener tóners, aunque en esta ocasión con capacidad para imprimir 6 mil páginas a cambio de un contrato por 20 millones de pesos, mientras que todavía dos años atrás el rendimiento era de 10 mil en adelante.
Hasta ahora la Junta de Aclaraciones se ha diferido en dos ocasiones, por lo que se espera que se celebre este miércoles 16 de febrero, para que en dado caso se dé a conocer al ganador aproximadamente a finales de mes; no obstante, integrantes del ramo que pidieron anonimato explicaron que la licitación es de carácter nacional, lo que acotaría las posibilidades de obtener mejores condiciones en la relación calidad y precio, a comparación con las compras bajo cobertura de tratados internacionales.
En el oficio 00641/30.15/8233, elaborado por el Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control del IMSS el 25 de noviembre de 2021, consta que se emplazó a audiencia al funcionario con relación al expediente 2020/IMSS/DE231, en donde se denuncian hechos derivados de la licitación LA-050GYR018-E696-2019 para la adquisición de tóner, incluido el grupo de material de uso de equipo de cómputo, Grupo 372.
El documento de 15 páginas detalla tres faltas, la primera de ellas recae en la presunta violación del artículo 26 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como los artículos 28 y 30 del Reglamento de la misma Ley, toda vez que “llevó a cabo una deficiente investigación de mercado, en la cual no documentó la consulta a Compranet, ni la información entregada por los posibles proveedores que atendieron la petición de oferta, ni tampoco la información histórica de la entidad”.
Ante ello, se considera que la información no fue recabada en igualdad de condiciones “en cuanto a plazos, lugares de entrega de los bienes o de la prestación de los servicios, la moneda a cotizar, la forma y términos de pago; las características técnicas de los bienes o servicios, y las demás circunstancias que resulten aplicables y que permitan la comparación objetiva entre bienes o servicios iguales o de la misma naturaleza”.
La segunda de ellas se refiere a la emisión del fallo, ya que el veredicto fue dado a conocer 28 días naturales después de la fecha inicialmente programada, pues pasó del 20 de enero de 2020 al 17 de febrero del mismo año, con lo que se contravendrían los artículos 35 y 39 de la citada Ley, así como el artículo 58 de su Reglamento y el numeral 4.2.2.1.20 del Manual Admnistrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
También se describe que la autoridad constató mediante registros de Compranet que se realizaron diversos diferimientos “a pesar de la existencia de un dictamen relativo a la Evaluación de las propuestas de los participantes”, tal como se expuso en medios de comunicación y en un correo electrónico enviado por Juan Antonio García Acuña.
De acuerdo con el relato, García Acuña desmenuza irregularidades detectadas cuando la adquisición fue declarada desierta, debido a que Distribuidora Comercial Andia presentó una carta firmada por Tóners y Tinta Express del Norte, otra de las concursantes, sumado a que esta última entregó la propuesta técnica incompleta.
Mientras que la tercera falta de Cano Córdova habría recaído en no firmar la respectiva Acta de Fallo, por lo que el siguiente lunes 21 de febrero deberá presentar identificación, rendir su declaración por escrito o verbalmente y ofrecer las pruebas que estime necesarias para su defensa.
Durante el desarrollo del proceso LA-050GYR018-E696-2019 en la Delegación Tamaulipas, diversos representantes del sector apuntaron hacia preferencias a los proveedores de la marca Lexmark, sin embargo, al llegar el desenlace la autoridad rechazó las propuestas donde figuraba la fabricante americana debido a que los insumos no eran totalmente nuevos como se solicitaba.
En la Delegación Veracruz Norte tampoco fueron aceptados como parte del concurso LA-050GYR014-E93-2020, ya que surgen de un programa en el que se reciclan y rellenan, aunado a que solo contaban con capacidad para generar 5 mil páginas y la petición era por 12 mil.