Edoméx castigará pornovenganza con 15 años de cárcel.
Ciudad de México, 16 de agosto de 2019. | La 60 Legislatura del Edoméx tipificó como delito la pornovenganza. Es decir, la publicación o difusión de imágenes, audios, textos, grabaciones de voz o audiovisuales de naturaleza sexual sin el consentimiento de la otra persona. Por lo que se castigará la llamada pornovenganza con 15 años de cárcel.
Las reformas establecen que cuando se revele este tipo de contenido sin el consentimiento de la víctima se impondrán de 1 a 5 años de prisión y multa de 200 a 500 unidades de medida y actualización (UMA).
Estas sanciones aumentarán hasta una mitad cuando el sujeto sea o haya sido el cónyuge, concubina o concubinario. De igual forma, cuando haya tenido alguna relación sentimental, afectiva, de confianza, laboral o análoga con la víctima. Si alguien en su calidad de servidor público cometió la conducta con fines lucrativos también será penalizada.
Este delito se perseguirá por querella de parte de la víctima.
El dictamen también establece que a quien hostigue o exija a otra persona la elaboración o envío de contenido sexual bajo la amenaza de publicar o exhibir se le impondrán de 3 a 7 años de prisión y multa de 200 a 400 UMA.
Gracias a esta reforma, el Edoméx castigará pornovenganza con 15 años de cárcel. Esta sanción se impondrá cuando la víctima sea menor de edad o no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho.
Karina Labastida, diputada de Morena, quien propuso la iniciativa aprobada por unanimidad, señaló que el dictamen implicó reformas al Código Penal. Reconoció las aportaciones de los legisladores y de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México para agravar las sanciones para el delito.
Con información de Reforma.