Se dio a conocer que recientemente se subió la calificación de Bursamétrica Casa de Bolsa de CCC-.mx por parte de la agencia calificadora Moody´s, la cual pasaría a B-.mx, asimismo, le otorgó la perspectiva de “estable”.
Tras concluir la revisión de la calificación de emisor de largo plazo en moneda local de Bursamétrica, la calificadora determinó que esta no está en riesgo de dejar de operar intermediario financiero.
La agencia de medición de riesgos mencionó que la mejora responde a que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) informó a Bursamétrica vía un oficio que ya no ha lugar para revocar la licencia para operar como casa de bolsa.
Esto significa que Bursamétrica ya cumple con el último párrafo del artículo 10 de las Disposiciones de carácter general aplicables a las casas de bolsa en virtud que el capital neto es superior al capital social mínimo, de tal modo que, con cifras a diciembre de 2022, el capital mínimo para esta casa de bolsa era de MXN 88.9 millones, mientras que el regulador reconoce un capital neto de MXN 117.2 millones (un excedente de MXN 28.3 millones).
Con esto, la CNBV indicó que Bursamétrica ha dejado de ubicarse en una posición tal que pudiera revocársele la licencia, de acuerdo con el artículo 10 de las Disposiciones, en su último párrafo.
La perspectiva estable refleja que la nueva estructura accionaria de la empresa no demorará en capitalizar sus aportaciones que se encuentran ya comprometidas en la cuenta “Aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas en asamblea de accionistas”.
Dichas aportaciones están autorizadas a cambio de acciones Serie “L” (aún no emitidas). Se espera que dicha asamblea autorice la serie “L” por un monto equivalente al 40% de la serie “O” ya suscrito y pagado. Una vez autorizadas estas acciones, tanto por la Asamblea como por la CNBV, Bursamétrica tendría que emitir y suscribir dichas acciones.
La perspectiva captura entonces que en un futuro inmediato se alejaría también la posibilidad de la disolución de la sociedad por la vía mercantil, ya que las pérdidas históricas acumuladas de Bursamétrica representan todavía más de dos terceras partes del capital social (Artículo 229, índice V de la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM), una sociedad mercantil se puede disolver cuando las pérdidas acumuladas representen dos terceras partes del capital social).
Al mismo tiempo, la perspectiva considera que la compañía retomará el volumen en sus operaciones y seguirá por encima del punto de equilibrio. También considera que el perfil de riesgo de mercado de la casa de bolsa seguiría siendo bajo al incurrir únicamente en operaciones de muy corto plazo con instrumentos financiero tomando poco riesgo de balance y cumpliendo ampliamente con la razón mínima de capitalización regulatoria.