Los restaurantes, salones de fiestas, lugares de hospedaje, teatros y auditorios capitalinos con cinco años en funciones, ya no tendrán que entregar boletas de impuesto predial y derechos de suministro de agua para tramitar el Certificado de Uso del Suelo por Reconocimiento de Actividad (CUSRA), así lo informó el titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi), Carlos Ulloa.
“Esta reforma representa para los establecimientos mercantiles una oportunidad, en virtud de la cual podrán obtener ágil y simplificadamente un CUSRA sobre las actividades que han desarrollado por más de 5 años, permitiéndoles cumplir con el requisito que deben cubrir para actualizar su documentación y acreditar ante las autoridades de la Ciudad y las Alcaldías su legal funcionamiento, de acuerdo a la legislación urbana y de Establecimientos Mercantiles. Contar con todos sus documentos evitará actos de discrecionalidad, corrupción o extorsión de los que pudieran ser objeto”, precisó.
Tal como explicó Ulloa Pérez en conferencia de prensa, la modificación al Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal será publicada hoy por la tarde (martes 21 de marzo) en la Gaceta Oficial de la urbe, por lo que se abrirá una ventanilla especial con el fin de eficientar la atención.
Así, los dueños de negocios que suman cinco años de operaciones ininterrumpidas mediante licencia sanitaria, licencia ambiental única, licencia o manifestación de construcción, aviso de terminación de obra, autorización de uso y ocupación, licencias de funcionamiento, escrituras, o cualquier documento válido por la dependencia.
Asimismo, se solicita un reporte fotográfico a color con al menos cinco imágenes del interior y tres del exterior del establecimiento, en las condiciones actuales; además de cualquier otro elemento de prueba.
Por último, Carlos Ulloa puntualizó la Seduvi podrá allegarse de pruebas para corroborar la actividad referida por el solicitante; aunado a que dicho Certificado no se considera inherente al inmueble, no es transferible, la titularidad corresponde a la persona que lo requirió para ser ejercido en el negocio señalado, y no dará origen a la acreditación de derechos adquiridos.