El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el Instituto Nacional Electoral (INE) debe continuar con el proceso de revocación de mandato y, en caso de ser necesario, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) debe destinar los recursos necesarios.
El Pleno de la Sala Superior instruyó a que el INE realice y gestione las adecuaciones necesarias a su presupuesto, sin afectar sus obligaciones constitucionales, legales, estatutarias y laborales, a fin de garantizar el adecuado desarrollo de las actividades calendarizadas en dicho proceso.
De subsistir la insuficiencia, también ordenó al INE a que realice las gestiones necesarias ante la SHCP, para solicitar las ampliaciones presupuestarias que se requieran para el adecuado desarrollo de la revocación de mandato.
Sobre este último punto, la Sala Superior vinculó a la SHCP para que, en caso de que el INE haga una solicitud de ampliación presupuestaria, dé respuesta a la brevedad y siga el procedimiento respectivo que dé cauce a la solicitud, para que haga efectivo el derecho político de participación de la ciudadanía en el proceso de revocación de mandato.
Lo anterior, porque se encuentra obligada a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos. Es decir, en el ámbito de sus atribuciones debe proveer lo necesario a fin de garantizar el derecho de la ciudadanía de participar en el proceso de revocación de mandato.