No sólo el salario mínimo subió este año ¡las pensiones para los adultos mayores en todo el país también continúan incrementándose! En 2023, la pensión Bienestar para adultos mayores será de 4 mil 812.50 pesos y para personas con discapacidad de 2 mil 950 pesos.
Un gobierno humanista responde a los intereses del pueblo, se preocupa por los que más lo necesitan, se ocupa por el bienestar de los adultos mayores y garantiza los derechos humanos de la población mexicana. Todas las Personas Adultas Mayores tienen derecho a una vejez digna con calidad y calidez humana.
Con esta pensión el Gobierno asegura a nuestros adultos mayores un ingreso que reconozca todo su esfuerzo y empeño en la construcción de este país. El objetivo es contribuir al bienestar de éste sector a través de la entrega de una pensión que ayude a mejorar las condiciones de vida, y que a su vez permita el acceso a la protección social. Los 4 mil 812.50 pesos que recibirán representan un aumento del 25 por ciento en comparación con los 3 mil 850 pesos que se les otorgó en 2022.
Del 4 al 10 de enero inició la dispersión de pagos de la Pensión Bienestar para el primer bimestre enero-febrero, por orden alfabético.
Los adultos mayores podrán retirar su efectivo en cualquier banco del Bienestar o cualquier otro banco. La tarjeta del banco del Bienestar funciona en todo el país y los movimientos y consultas que se realicen no generan comisiones a los tarjetahabientes, a diferencia de otros bancos.
Asimismo, del 9 de enero al 5 de febrero se llevarán a cabo los operativos de pago en efectivo en las comunidades de todo el país que no cuentan con banco. Para este año nuevo la inversión social de la pensión del Bienestar será de 339 mil 341 millones de pesos, 39% más que en 2022, y se distribuirá entre 11 millones 56 mil 534 derechohabientes.
De igual manera, la inversión social de la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad para 2023 asciende a 26 mil 577 millones de pesos para garantizar este derecho suscrito en el artículo 4°Constitucional; además ésta deberá entregarse de manera directa y sin intermediarios.
El Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores especifica en su decálogo y a través de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores que este sector de la población tiene derecho a una vida con calidad, sin violencia y sin discriminación. (Artículo 5o, fracción 1).
Derecho a un trato digno y apropiado en cualquier procedimiento judicial, (Artículo 5o, fracción 11); Derecho a la salud, alimentación y familia (Artículo 5o, fracción 111); Derecho a la educación;(Artículo 5o, fracción IV); Derecho a un trabajo digno y bien remunerado,( Artículo 5o, fracción V); Derecho a la asistencia social;(Artículo 5o,fracción VI), Derecho a asociarse y participar en procesos productivos de educación y capacitación en su comunidad; (Artículo 5o. fracción VIl); Derecho a denunciar todo hecho, acto u omisión que viole los derechos que consagra la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores (Artículo 5o, fracción VIII); Derecho a la atención preferente en establecimientos públicos y privados que presten servicio al público.(Artículo 5o.fracción XI), y el Derecho a contar con asientos preferentes en los servicios de autotransporte. (Artículo 5o, fracción IX).
El envejecimiento como todo lo humano siempre lleva el sello de lo singular, lo único, lo individual, es por esto que el gobierno de la Cuarta Transformación cuida la plena calidad de vida y derechos de cada adulto mayor, porque la justicia hacia los sectores más vulnerables marca la diferencia entre los gobiernos pasados y el actual.
La esencia de la Cuarta Transformación es el combate a la corrupción y la impunidad, abolir fueros y privilegios, y es así como se están logrando los recursos para los programas sociales prioritarios y su incremento porcentual.