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Abierta protección a delincuentes de cuello blanco

CM por CM
octubre 28, 2021
en Opinión
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El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió por mayoría, ocho votos a favor, tres en contra, que es inconstitucional la prisión preventiva oficiosa en caso de contrabando, defraudación fiscal, así como por el uso, expedición y venta, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales falsos por considerar que no son amenazas a la seguridad nacional.

El fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación hará que se siga protegiendo la corrupción, y apoyando a la minorías enriquecidas. Queremos un país más justo sin empresas factureras que crecieron en el régimen neoliberal y causaron deudas billonarias a las finanzas públicas.

A pesar de que la mayoría de ministros consideró que la medida de prisión preventiva oficiosa va en contra de la presunción de inocencia, considero que hace falta castigar a todos por igual; de lo contrario se cae en parcialidades.

Es decir, todo indica que ahora no podrán ir a la cárcel los delincuentes de cuello blanco que cometen grandes fraudes.

En realidad la Corte enterró lo que el Congreso aprobara en 2019 en cuanto a la prisión preventiva oficiosa en los casos en los que se encontrara facturación falsa por arriba de los 8 millones 695, 470 pesos, y en los casos en que tres o más personas de forma permanente y reiterada llevaran a cabo operaciones simuladas.

“Por encima de la ley debería estar la justicia, y me parece que no se actuó bien”, consideró ha el Presidente López Obrador respecto al fallo de la SCJN.

Carlos Romero Aranda, titular de la Procuraduría Fiscal de la Federación (PFF) considera a su vez que el fallo hará que le pierdan miedo al fisco y afectará la recaudación.

Nada ha dañado más a México que la deshonestidad de gobernantes. Una minoría que ha lucrado con el influyentismo que ha llevado a una desigualdad económica y social, y este fallo de la Corte no ayudará a acabar con la corrupción y la impunidad.

El gobierno de la Cuarta Transformación ha intensificado el combate a la corrupción y el fallo de la Suprema Corte no fortalecerá a la Hacienda Pública, a los ingresos del Gobierno federal.

Sabemos que cuando se cometen grandes fraudes la Hacienda Pública deja de recibir ingresos para garantizar el bienestar del pueblo.

Mientras el Gobierno de la Cuarta Transformación actúa con integridad y no permite la corrupción en su interior, se falla en contra de la prisión preventiva oficiosa en los casos de defraudación fiscal de los potentados, y el contrabando.

El presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Zaldívar, defendió el fallo de los ministros y escribió en su cuenta de Twitter que la mayoría de las personas sujetas a prisión preventiva oficiosa son de escasos recursos, por lo que se trata de un castigo a la pobreza de las personas afectadas. “Debemos avanzar hacia un sistema que establezca la prisión preventiva como excepcional”, dijo.

Los ministros votantes consideraron que ampliar el catálogo de delitos acreedores de la prisión preventiva oficiosa es contrario a la reforma constitucional en materia de derechos humanos aprobada en 2008.

Hasta ahora la prisión preventiva oficiosa o forzada , antes de que una persona sea condenada tras un juicio solo es aplicable para delitos como: abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio , violación, secuestro, trata de personas, robo en casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, enriquecimiento ilícito, robo al transporte de carga, robo de hidrocarburos en cualquier modalidad, desaparición forzada de personas, desaparición cometida por particulares , delitos cometidos con armas y explosivos y portación de armas de fuego de uso exclusivo de las fuerzas armadas, así como delitos que atenten contra la seguridad nacional.

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¿No son los delitos de contrabando, la defraudación fiscal, sus equiparables, y los relacionados con la expedición, enajenación, compra y adquisición de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados, todos delitos que atentan contra la seguridad nacional?

Para el pleno del alto tribunal la inclusión genérica de delitos que atenten contra la seguridad nacional, no faculta al Poder Legislativo a ampliar el catálogo constitucional de delitos que ameriten la prisión preventiva oficiosa (en automático) en contra de los imputados.

La oposición en le Senado, (PRI, PAN, Movimiento Ciudadano y el PRD) celebró el fallo sobre prisión por defraudación fiscal, contrabando y uso de facturas falsas. Son los que quieren seguir evadiendo la Ley beneficiándose de la corrupción. La derecha es la que apoya a los defraudadores fiscales.

Queda claro que con éste el fallo se favorece a las personas con dinero, y no se actúa igual con las personas pobres o de escasos recursos como si éstos pudieran formar grandes empresas para defraudación fiscal, compra venta de facturas falsas, o el contrabando.

La Resolución de SCJN da cause a la corrupción.

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