El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) continuará mañana martes el debate sobre la figura de la prisión preventiva oficiosa con el fin de terminar con el uso abusivo de esta medida cautelar en nuestro país, establecida en el Artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) y el Artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP).
Las acciones de inconstitucionalidad 130/2019 y 136/2019 analizadas por las y los ministros proponen declarar la inconstitucionalidad de la prisión preventiva oficiosa por su uso desproporcionado, erigirse prácticamente en una sentencia adelantada y vulnerar la presunción de inocencia.
El proyecto de sentencia del ministro Luis María Aguilar Morales propone, entre otras cuestiones, la invalidez del Artículo 167 párrafo séptimo del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), así como la invalidez de la fracción XIII del Artículo 5 de la Ley Seguridad Nacional.
Aguilar Morales reiteró el carácter excepcional de la medida cautelar y señaló que no se propone que la prisión desaparezca, sino que continúe sólo de manera justificada, “por causas y razones legítimas”.
Además, el proyecto contempla que la aplicación de la medida cautelar se apegue estrictamente a los principios de legalidad, presunción de inocencia, necesidad y proporcionalidad.
“Cuando se establezcan límites a la libertad personal, se debe proceder con gran cuidado, no deben ser absolutos, sino excepcionales”, señaló.
Asimismo, el ministro dijo que la prisión preventiva oficiosa atenta contra los derechos humanos y contra el propio sistema penitenciario, así como los fines de la reinserción social, pues la vigencia de la medida cautelar genera el crecimiento de la población carcelaria.
La ministra Yasmín Esquivel Mossa mencionó no estar de acuerdo con invalidar o modificar lo relativo a la prisión preventiva oficiosa que establece el Artículo 19 Constitucional, por lo que se posicionó en contra del proyecto de resolución del ministro Aguilar Morales.
La ministra Loretta Ortíz Ahlf comentó que sin necesidad de inaplicar las normas constitucionales, a partir del principio pro persona se ha construido un mecanismo que optimiza y protege a las personas, por lo que se posicionó en contra de la propuesta de Aguilar Morales.
“El hecho de que este máximo tribunal no tenga la facultad para inaplicar la Constitución, no significa que perdamos fuerza para defender los derechos humanos de todas las personas, tal como nos obliga el artículo 1° constitucional”, mencionó Ortíz Ahlf.
El ministro Alberto Pérez Dayán pese a reconocer el esfuerzo en la elaboración y ánimos del proyecto de resolución, expresó su discrepancia ante el mismo, por lo que votó en contra.
El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá dijo que el sistema mexicano ha consagrado la presunción de inocencia como eje rector de reformas en el sistema de justicia penal acusatorio, por lo que refirió que la prisión preventiva oficiosa resulta violatoria a esa consagración.
Sin embargo, González Carrancá no estuvo de acuerdo con la manera en la que fue planteado el proyecto, por lo que también votó en contra de la propuesta de Aguilar Morales.
Tras la participación de González Carrancá, el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, levantó la sesión, debate que continuará el día de mañana, a las 11:30 horas.